¿Qué es el Consejo Escolar?
Es el órgano de participación en el centro escolar de los diferentes sectores que constituyen la comunidad educativa.
Funciones
Intervenir en la designación y cese del Director o Directora del Centro.
Intervenir en la selección y despido del profesorado del Centro.
Garantizar el cumplimiento de las normas generales sobre admisión de alumnos y alumnas.
Resolver los asuntos de carácter grave planteados en el Centro en materia de disciplina de alumnos.
Aprobar, a propuesta del titular, el presupuesto del Centro en lo que se refiere tanto a los fondos provenientes de la Administración, como a las cantidades autorizadas, así́ como la rendición anual de cuentas.
Aprobar y evaluar la programación general del Centro que, con carácter anual, elaborará el equipo directivo.
Proponer, en su caso, a la Administración la autorización para establecer percepciones a los padres de alumnos por la realización de actividades escolares complementarias.
Participar en la aplicación de la línea pedagógica global del Centro y elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios escolares.
Aprobar, en su caso, a propuesta del titular las aportaciones de los padres y madres de los alumnos para la realización de actividades extraescolares y los servicios escolares.
Establecer los criterios sobre la participación del Centro en actividades culturales, deportivas y recreativas.
Establecer relaciones de colaboración con otros Centros, con fines culturales y educativos.
Aprobar, a propuesta del titular, el reglamento de régimen interior del Centro.
Supervisar la marcha general del Centro en los aspectos administrativos y docentes.
¿Quién lo forma?
El director o directora del centro, que es el presidente o presidenta del Consejo Escolar.
Un representante del personal de administración y servicios.
4 miembros de la titularidad del Centro.
4 Profesores o profesoras del claustro.
4 padres o madres de alumnos/as del Centro.
2 Alumnos/ as del Centro.
Un representante del plan de fomento e igualdad.
Una persona representante del Ayuntamiento de la localidad.
Cada dos años se renuevan la mitad de los representantes de cada sector a excepción de los representantes del Equipo Directivo que, como mínimo, estarán cuatro años.
El Consejo Escolar se reúne, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio de sus miembros.